El jurado popular declaró culpable de femicidio al Clan Sena

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La jornada quedará grabada en la memoria colectiva como el día en que la justicia, articulada a través de la voz de un jurado popular, se impuso sobre un entramado de poder y violencia. Tras casi dos años de una investigación que mantuvo en vilo al país, la provincia del Chaco asistió a un veredicto que marcó un punto de inflexión en la causa por el femicidio de Cecilia Strzyzowski. El clan Sena fue declarado culpable. Desde la madrugada, el ambiente en los alrededores del Centro de Estudios Judiciales (CEJ) era una mezcla palpable de tensión ¿y esperanza? Cientos de personas, con carteles y un clamor incesante por justicia, mantuvieron una vigilia que solo se rompió con el eco de la decisión judicial. El momento cumbre llegó al finalizar una extensa deliberación. El jurado popular retornó a la sala para anunciar su fallo, concentrando en sí la máxima pena prevista por el Código Penal argentino para este tipo de crímenes. Los tres principales acusados del clan Sena fueron hallados culpables del delito de homicidio agravado por el vínculo, en un contexto de violencia de género. Esta calificación implica, de facto, la prisión perpetua para los tres. César Mario Sena: considerado culpable de homicidio agravado por el vínculo en contexto de violencia de género. Como pareja de Cecilia, el agravante por el vínculo consolidó su rol de autor material principal, actuando bajo el patrón de violencia que precedió al crimen. Marcela Acuña: la madre de César fue declarada culpable bajo la misma y máxima calificación legal, homicidio agravado por el vínculo en contexto de violencia de género. El jurado entendió que su participación fue decisiva y crucial en la trama delictiva. Emerenciano Sena: el líder piquetero, padre de César, también fue hallado culpable de homicidio agravado por el vínculo en contexto de violencia de género. Su condena, en línea con la de su esposa e hijo, demostró la participación activa de la cúpula del clan en el crimen y su posterior ocultamiento, utilizando su poder y estructura para consumarlo. El veredicto, recibido en la sala con una explosión de llanto y emoción, se sintió afuera como un triunfo largamente buscado. Para la familia de Cecilia, y para la sociedad chaqueña, este fallo representa un acto reparatorio y un mensaje inequívoco contra la impunidad y la violencia machista. Además de las condenas por el femicidio, el jurado popular definió el destino de los imputados por encubrimiento, estableciendo distintos grados de responsabilidad en la cadena de maniobras destinadas a obstaculizar la investigación. Gustavo Obregón y Fabiana González fueron declarados culpables de encubrimiento agravado. El jurado consideró que Obregón participó activamente en maniobras de ocultamiento. La figura de encubrimiento fue agravada, al igual que para González, debido a la gravedad del crimen y la relación de ambos con los autores principales; la intervención de Fabiana González también contribuyó a obstaculizar el avance de la causa. Por otro lado, Gustavo Melgarejo fue hallado culpable de encubrimiento simple. Si bien se determinó su participación en hechos de ocultamiento, su rol fue determinado como menor y su responsabilidad penal encuadró en un delito de menor pena. Finalmente, Griselda Reinoso fue declarada no culpable, ya que el jurado entendió que no existían pruebas suficientes para atribuirle responsabilidad penal. Horas después de la lectura, una controversia se instaló en el ámbito judicial: la jueza Dolly Fernández dispuso la inmediata libertad de Gustavo Melgarejo, basándose en que el encubrimiento simple prevé una pena mínima y el casero ya había cumplido dos años y cinco meses de prisión preventiva, agotando el plazo mínimo de la condena esperable. Si la tensión en la sala de audiencias fue extrema, la que se vivió afuera, en la calle Juan B. Justo, fue directamente explosiva. Minutos después de conocerse el fallo, el abogado defensor de Emerenciano Sena, Ricardo Osuna, se convirtió en el foco de esa furia popular.